TSJ revisa sentencia sobre urbanismo inconcluso del Táchira

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia realiza una revisión de una sentencia emitida por la Sala Civil que a su vez obliga al Banco Provincial terminar de construir 32 apartamentos, así como sus respectivas obras de urbanismo del Conjunto San Juan Bautista III (segunda etapa), ubicado en San Cristóbal (Táchira).

La solicitud de revisión fue interpuesta ante la Sala Constitucional por los representantes del Banco Provincial, según expediente AA50T2023000059 publicado en las cuentas.

La sentencia sometida a revisión fue emitida por la Sala Civil el 12 de diciembre de 2022, signada con el número 000745, redactada por el magistrado José Luis Gutiérrez Parra y que recibió el respaldo de sus colegas Henry Timaure y Carmen Eneida Alves.

Esa sentencia de la Sala Civil favorece a las 32 familias que cancelaron su apartamento, pero no se los concluyeron. En virtud de ello, NYC Construcciones demandó el cumplimiento del contrato que obligaba al Provincial el financiamiento del urbanismo. La mencionada empresa constructora alegó que le fue imposible culminar las obras porque el Banco Provincial le bloqueó las cuentas “violando la propiedad privada que sobre las mismas tenía la empresa”. A ello añade que “para evitar que se culminaran las obras, (el Banco) intervino la contabilidad de la empresa y asumió la administración directa de la misma; le impidió tramitar créditos con otros bancos y deliberadamente retrasó el pago de las valuaciones hasta por dos años’”, según se lee en el expediente.

En respuesta a la demanda, la Sala Civil intervino y se avocó al conocimiento del expediente, tal como lo dejó reflejado en la sentencia que declaró con lugar el recurso.  

Ante esa decisión de la Sala Civil, los representantes del Provincial acudieron a la Sala Constitucional para que revisara lo acordado por los magistrados Gutiérrez, Timaure y Alves.

En un principio, la Sala Constitucional designó a la magistrada Gladys Gutiérrez para que elaborara un proyecto de sentencia. Gutiérrez fue jubilada y la misión se la reasignaron a la magistrada Tania D’ Amelio, actual presidenta de la Sala Constitucional, única instancia facultada para revisar las sentencias de las otras salas del máximo juzgado de Venezuela.  

Expertos explican que el negocio de los créditos otorgados por la banca privada para viviendas dejó de ser rentable para esas entidades financieras cuando el Gobierno determinó que los precios de dichos inmuebles no podían ser objeto de indexación (actualización) por ser obras que redundan en beneficio de la colectividad. 

notiveraz

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