El Tribunal Supremo de Justicia oficialista del regimen de Nicolás Maduro en Venezuela, dictó una serie de medidas cautelares este lunes contra Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell, representantes elegidos por la Asamblea Nacional ante el Consejo Nacional de Universidades.
La sentencia anula el nombramiento hecho por los diputados de la Asamblea Nacional, y prohíbe la salida del país de Albujas y Rachadell y bloquea sus cuentas bancarias.
Desde el TSJ argumentan que la Asamblea Nacional se encuentra en desacato y que la designación de los profesores como representantes del parlamento ante el CNU es declara nula absoluta y carente de efectos jurídicos.
Algunas consideraciones de la decisión:
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
1.- LA NULIDAD ABSOLUTA y CARENCIA DE EFECTOS JURÍDICOS de la designación del nombramiento de los ciudadanos MIGUEL EDUARDO ALBUJAS DORTA Y MANUEL RACHADELL SÁNCHEZ como representantes ante el Consejo Nacional de Universidades (CNU), por colidir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expresados supra.
2.- Se dictan MEDIDAS CAUTELARES de prohibición de salida del País de los ciudadanos Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell; prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes propiedad de los referidos ciudadanos; bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias y/o cualquier otro instrumento en el sistema financiero, de los prenombrados ciudadanos.
3.-SE EXHORTA al Ministerio Público para que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos contemplados en la Constitución y en la ley.
4.- ORDENA la notificación al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, para su consideración y toma de decisiones pertinentes, del pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia contenido en la presente sentencia.
Noti Veraz