Sudeban autorizó creación de cuentas digitales con reconocimiento biométrico

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) giró ordenes a las instituciones bancarias para la creación de cuentas digitales.

Con esta nueva medida será posible la creación de cuentas, servicios o productos financieros de manera electrónica.

Asimismo, la Sudeban que la solicitud de aprobación de los servicios o productos financieros digitales deberá ser acompañada como mínimo por alguno de los siguientes requisitos tecnológicos:

  1. Identificación de riesgos tecnológicos asociados al producto o servicio financiero.
  2. Análisis de riesgos, donde se observe la probabilidad de ocurrencia, impacto y nivel de los riesgos identificados.
  3. Controles implementados o a implementar, como tratamiento para mitigar los riesgos identificados.
  4. En caso que los controles no se encuentren realizados, indicar el plan de acción para su ejecución, señalando las acciones a realizar, fechas y responsables.
  5. Características de los equipos de tecnología, seguridad y telecomunicaciones que soportarán el producto o servicio.
  6. Sistemas, aplicaciones y/o módulos que lo soportarán.
  7. Mecanismos de seguridad de la información.
  8. Flujo operacional del producto o servicio.
  9. Procedimientos utilizados para la atención de reclamos y posibles fraudes, que formulen los clientes.

La apertura de cuentas, servicios o productos financieros digitales, por parte de personas naturales o jurídicas, deberá realizarse a través de un registro digital.

Sudeban señaló en sus redes sociales que para la apertura de cuentas digitales las personas naturales y jurídicas deberán suministrar a las entidades bancarias diferentes mecanismos de identificación:

  • Cuentas Nivel 1: Aquellos que permitan verificar la información que suministre electrónicamente el cliente; así como, la identificación efectiva de la persona solicitante.
  • Cuentas Nivel 2: Firma electrónica o tecnología de reconocimiento biométrico.
  • Cuentas Personas jurídicas: Firma electrónica.

En cuanto a la apertura de cuentas bancarias, precisaron que se podrán realizar a través de dos formas:

Completamente en línea: solicitud y envío de información de manera digital.

Parcialmente en línea: en la cual se realiza la solicitud digital, y se formaliza entregando la documentación en alguna de las agencias de las instituciones bancarias correspondientes.

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