El Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio el Área Metropolitana de Caracas, a cargo de Diana Carolina Vivas Gamboa, recibió un escrito enviado por el equipo defensor de siete militares donde solicitan que les otorgue una medida para proseguir el juicio en libertad.
En la comunicación, la defensa de los siete militares recordó que ya llevan cuatro juicios interrumpidos sin que hasta ahora se haya concluido alguno de ellos. Todo ese proceso de juicios no concluidos comenzó el 25 de marzo de 2022 por orden del Tribunal 26 de Control de Caracas. ‘’Ahorita estamos en un limbo, porque en este cuarto juicio el Ministerio Público no ha presentado las pruebas que prometió’’, dice la comunicación recibida por la jueza Diana Carolina Vivas Gamboa.
Los militares procesados están identificados como Germán Antonio Briceño Delgado, Freddy Alejandro Pacheco Morgado, Gatriel de Jesús Monsalve Godoy, Enrique Javier Avilé García, Rafael Ángel García, Rafael Ángel Tales Cañizales, Lisandro José Layas Guarenas y Yosmar José Chacón Sánchez.
Estos militares estaban adscritos al Destacamento de Vigilancia Costera Nro. 13 Falcón y en razón de ello ejecutaron un procedimiento el 21 de junio de 2021 en el sector Mata Gorda, municipio Falcón (Pueblo Nuevo), de la citada entidad fronteriza. El procedimiento consistió en la neutralización de una embarcación abandonada por sus ocupantes y en la cual localizaron 205 panelas de cocaína, además de dos teléfonos satelitales, uno de los cuales tenía una cinta adhesiva con el apodo de Pata Larga, según las actas.
Pero al finalizar el procedimiento, los siete militares fueron detenidos porque presuntamente sustrajeron y comercializaron parte de la droga incautada. En virtud de ese señalamiento, la fiscal Rosalba Hernández solicitó abrir un juicio a los militares por la presunta comisión de los delitos de agavillamiento, sustracción de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y tráfico Ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte.
La audiencia preliminar para debatir esa acusación interpuesta por la fiscal Rosalba Hernández se celebró el 25 de marzo de 2022 ante el Juzgado 26° de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En esa audiencia, los militares quedaron sobreseídos del delito de tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte; pero ordenaron enjuiciarlos por sustracción de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Para tomar la decisión, el Tribunal 26 de Control tomó en cuenta que la Fiscalía no incorporó los datos relacionados sobre la supuesta sustracción de la droga. Es decir, cuánto fue lo incautado y cuánto lo presuntamente hurtado por los militares.
Además, la Fiscalía no incorporó al expediente el barrido de la embarcación donde se desplazaban los siete militares el día del procedimiento, dicen las actas.
La Fiscal Rosalba Hernández no estuvo de acuerdo con el sobreseimiento dictado a favor de los militares sobre el delito de tráfico agravado de drogas y por eso solicitó la intervención de la Sala Penal el Tribunal Supremo de Justicia a cuyos magistrados les solicitó anular dicha medida.
La respuesta de los magistrados se produjo el 14 de junio de 2023 mediante la sentencia 252 que declaró sin lugar la solicitud de avocamiento planteada por la fiscal Rosalba Hernández. En esa sentencia, los magistrados dejan asentado que la decisión del Tribunal 26 de Control de Caracas, de impedir el juicio a los militares por tráfico agravado de drogas, estuvo ajustada a derecho.
“Considerando además que en el expediente de marras se cuenta solamente con el barrido practicado por la Guardia Nacional Bolivariana, a la embarcación tipo bote peñero de los sujetos por identificar denominada lancha enemiga, cuyo resultado arrojo positivo, y visto los controles judiciales ejercidos por la defensa donde solicitan la incorporación del barrido químico practicado a la embarcación de la Guardia Costera, sin que riele en el expediente dicho resultado, le asiste a esta Juzgadora (Tribunal 26 de Control) la duda razonable, por cuanto de haberse cometido el delito de tráfico ilícito de droga en la modalidad de transporte, el Ministerio Público debía contar con el resultado de dicha prueba, para que constara como elemento de convicción de orientación y efectivamente se demostrara en un eventual juicio público la responsabilidad y participación de los justiciables en dicho delito’’, refirieron los magistrados.
Despejado el camino para el juicio a los militares, este prosiguió con cuatro interrupciones que lo hicieron comenzar una y otra vez, según consta en el expediente. Es por ello, que el equipo defensor de los militares, solicitaron al Tribunal 16 de Juicio de Caracas que les permita proseguir ese proceso en libertad, toda vez que han pasado cuatro años sin un resultado concreto sobre la inocencia o culpabilidad de los procesados.
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