Las importaciones de productos representados en 3.196 códigos arancelarios continuarán exoneradas del pago de impuestos y tasas de importación correspondientes, así como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el 31 de diciembre de este año.
Así lo establece el decreto N° 4.683, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.697, de fecha 1 de mayo de 2022.
En el artículo 4 del Decreto se establece que las importaciones de los productos, representados por los códigos arancelarios incluidos en el Apéndice III de esta norma, necesitarán la previa presentación de Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente (CNP /CPNI) como requisito indispensable para obtener las exoneraciones.
Los rubros incluidos en este apéndices son medicamentos, tanto principios activos como fármacos preparados para la venta al por menor; insumos médicos como gasas y vendas con fines clínicos, quirúrgicos, odontológicos y veterinarios; y otros productos para especialidades médicas.
El instrumento establece en su artículo 5 que: «al momento de registrar su declaración, los beneficiarios deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera, los recaudos siguientes:
1. Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
2. Factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales».
Se prevé además una evaluación periódica de las exoneraciones. Su incumplimiento es una de las causales para dejar de recibir el beneficio de exoneración de impuestos arancelarios e IVA.
En enero de 2022, el gobierno de Nicolás Maduro ya había hecho una prórroga hasta el 31 de marzo del decreto de exoneración de importaciones. El mismo fue emitido el 6 agosto de 2021 y tuvo una modificación parcial a finales de ese mismo mes.
La medida de exoneración de aranceles a productos importados ha sido cuestionada por parte del sector industrial del país, que ha solicitado una revisión de esa política que impacta la competitividad de la producción nacional.
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