Según el informe de la ONU, las torturas y los malos tratos se llevaron a cabo generalmente durante los primeros días de la detención, antes de la audiencia de presentación, y mientras la persona detenida permanecía incomunicada.
Tortura se define como actos que causan dolor o sufrimiento grave, ya sea físico o mental. Para calificarse como tortura, estos actos deben ser infligidos intencionadamente, cometidos con un propósito específico e involucrar a un funcionario público, ya sea directa o indirectamente.
El propósito específico podría incluir la obtención de una confesión, la obtención de información, el castigo, la intimidación, la humillación, la coerción o cualquier razón basada en la discriminación. Entre los elementos que se tienen en cuenta para distinguir la tortura de los tratos crueles, inhumanos o degradantes se encuentran la gravedad, la intención del perpetrador y la impotencia de la víctima.
LA DGCIM
La Misión tiene motivos razonables para creer que el trato infligido a los detenidos militares en los casos investigados equivale a tortura o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La tortura se define como los actos que causan dolor o sufrimiento grave, ya sea físico o mental.
Para que puedan calificarse como tortura, esos actos deben ser infligidos intencionadamente, cometidos con un propósito específico e implicar a un/a funcionario/a público/a, ya sea directa o indirectamente.
El propósito específico podría incluir la obtención de una confesión, la obtención de información, el castigo, la intimidación, la
humillación, la coerción o cualquier razón basada en la discriminación.
Oficiales de la DGCIM cometieron torturas contra los detenidos en cada uno de los casos estudiados. La Misión examinó otros 77 casos en los que militares y civiles asociados alegaron haber sido torturados por la DGCIM. El Foro Penal, por su parte, ha registrado 250 casos de tortura de disidentes militares y asociados entre 2014 y 2020.
Los actos de tortura se produjeron generalmente durante los interrogatorios, poco después del arresto mientras los detenidos estaban incomunicados y antes de la audiencia de presentación. Algunos detenidos también fueron torturados durante períodos posteriores de detención en Boleíta.
Las preguntas formuladas a los detenidos sugieren que los actos se llevaron a cabo para obtener una confesión del detenido, obtener información sobre la participación de otros en presuntas conspiraciones y/o castigar al detenido.
La Misión habló con un ex funcionario de larga data de la DGCIM que confirmó la práctica de la tortura en la DGCIM. La fuente dijo: “Había tortura en los centros de detención. Lo supe por los colegas que me hablaron de ello. Tenías que sacarle la información a la persona a cualquier precio”.
La Misión dispone de información relativa a los patrones de conducta y los métodos de tortura utilizados por oficiales masculinos y femeninos de la DGCIM, contra militares y personas asociadas. Los casos examinados sugieren que los métodos de tortura de la DGCIM evolucionaron entre 2014 y 2020, con una agudización de la violencia desde 2017.
La Misión documentó los siguientes actos de tortura y otros malos tratos:
– Golpes fuertes con bastones y objetos afilados, dejando marcas visibles, huesos rotos y órganos dañados.
– Esposas excesivamente apretadas que provocan cortes en las muñecas
– Asfixia con sustancias tóxicas y en agua.
– Posiciones de estrés conocidas como “el pulpo” y “las crucifixiones”.
– Condiciones de luz constante, aislamiento en cuartos oscuros durante días, prohibición del uso o el acceso a los baños, mantener el/la detenido/a con ojos vendados.
– Violencia sexual y basada en género, incluyendo desnudez forzada, amenazas de violación y violación.
– Cortes y mutilaciones incluyendo en la parte inferior de los pies y las uñas.
– Choques eléctricos en partes sensibles del cuerpo (incluyendo los genitales).
– Privación de comida y agua, comer del suelo, alimentación forzada de heces.
– Tortura psicológica, incluyendo amenazas de muerte a la víctima y a sus familiares.
Algunos de estos actos provocaron:
Lesiones físicas graves y/o permanentes, incluyendo la pérdida de funciones sensoriales o motoras, lesiones reproductivas, sangre en la orina y costillas rotas, entre otras.
Estos actos también provocaron traumas psicológicos graves y depresión.
Una persona intentó suicidarse en dos ocasiones mientras estaba detenida.
El ex-capitán Rafael Acosta Arévalo murió mientras estaba bajo la custodia de la DGCIM, debido a las torturas recibidas durante la detención.
En un caso, una mujer detenida fue golpeada a pesar de haber dicho a los oficiales que estaba embarazada; más tarde sufrió un aborto espontáneo.
Algunos militares pasaron largos períodos de aislamiento, especialmente al comienzo de la privación de libertad. La reclusión prolongada en régimen de aislamiento se considera un trato inhumano en violación del párrafo 1 del artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otras normas pertinentes.
Sólo debe utilizarse en casos excepcionales como último recurso. Dados sus graves efectos adversos para la salud, la reclusión en régimen de aislamiento puede equivaler en sí misma a tortura, dependiendo de su finalidad, duración y efecto en la víctima.
En tres de los casos investigados, la DGCIM perpetró actos de violencia sexual o de género contra los militares detenidos durante los interrogatorios para degradarlos, humillarlos o castigarlos. La violencia sexual o de género puede equivaler a la tortura o a un trato cruel, inhumano o degradante en determinadas circunstancias.
Esto incluye la violación, las amenazas de violación a una persona o a sus familiares, la desnudez forzada, el contacto con los órganos sexuales, los golpes o las palizas a los órganos reproductivos, las amenazas de mutilación genital, entre otras conductas.
Oficiales femeninos y masculinos de la DGCIM sometieron a las personas entrevistadas a desnudez forzada, incluso durante días. Los custodios masculinos amenazaron con violar a los detenidos con palos y bates.
Se administraron descargas eléctricas y golpes, incluso en los testículos. Los oficiales de la DGCIM sometieron a los detenidos a una práctica que llamaron “Dar la Teta”, durante la cual golpeaban a los detenidos con un bastón, con la palabra “Teta” escrita sobre el bastón.
Las parientes femeninas llevadas a casas clandestinas eran agredidas sexualmente y/o torturadas con asfixia, golpes y descargas eléctricas.
En la mayoría de los casos investigados, las víctimas no fueron llevadas a un profesional médico antes de su comparecencia inicial ante el tribunal.
En algunos casos, los profesionales médicos del SENAMEF evaluaron a los detenidos y certificaron que estaban en buenas condiciones físicas, a pesar de que los detenidos presentaban lesiones visibles.
Un testigo dijo a la Misión que los médicos del SENAMEF obligaban a los detenidos a firmar documentos en los que se declaraba que estaban en buenas condiciones físicas.
Dijo: “Estaba con los ojos vendados y esposado. Me presentaron al médico forense que habían llamado para evaluar mi estado de salud, y el médico me hizo firmar y alocar mis huellas dactilares sobre un documento diciendo que estaba en perfecto estado. Este fue el
único momento en que me quitaron la venda de los ojos”.
Los testigos también informaron de la aplicación de severas medidas disciplinarias durante la reclusión. Esto incluye el uso de una celda de castigo conocida como “El Tigrito”. En algunos casos examinados, las personas también fueron sometidas a regímenes disciplinarios severos y a severos castigos mientras esperaban el juicio, incluidas represalias en caso de denuncias.
Los detenidos en centros de detención clandestinos también son objeto de tortura. La Misión identificó 24 casos de tortura que tuvieron lugar en estas instalaciones entre 2018 y 2019. Los detenidos en instalaciones non-oficiales son particularmente vulnerables a la tortura, debido a la falta de supervisión.
El SEBIN
La Misión investigó 13 casos en los que funcionarios del SEBIN torturaron o sometieron a personas detenidas a tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes.
El ex director del SEBIN, Christopher Figuera, dijo a la Misión que, al asumir su cargo en octubre de 2018, encontró una política y un “comportamiento cultural” de tortura en el SEBIN. Dijo que los actos podían comenzar como malos tratos, como negar alimentos o agua, y luego se volvían más graves, según la reacción de la víctima y/o la actitud de los funcionarios involucrados.
Dijo a la Misión que Nicolás Maduro decidió quiénes serían torturados, quiénes permanecerían detenidos y quiénes serían liberados.
Según las investigaciones de la Misión, los actos se cometieron generalmente durante los interrogatorios para extraer confesiones o información, incluidas las contraseñas telefónicas y de redes sociales, o para obligar a una persona a incriminarse a sí misma o a otras personas, en particular a líderes de la oposición de alto perfil.
Las declaraciones se solían grabar en audio o vídeo y algunas se retransmitían posteriormente por televisión. En varios casos, funcionarios del SEBIN hicieron que personas detenidas grabaran un audio o un vídeo de WhatsApp varias veces hasta que el agente quedó satisfecho con la declaración.
En el caso de Juan Requesens, funcionarios del SEBIN presuntamente administraron psicotrópicos para inducir una confesión, una táctica que luego confirmó Cristopher Figuera en una entrevista con la Misión.
La Misión documentó patrones de conducta en los métodos de tortura utilizados por funcionarios del SEBIN, tanto hombres como mujeres, por motivos políticos, y otras personas consideradas críticas con el Gobierno.
Los casos se produjeron principalmente entre 2014 y 2018.
La Misión documentó los siguientes actos de tortura y otros malos tratos contra esas personas:
– Posiciones de estrés llamadas la “crucifixión” (brazos extendidos y esposados a tubos o rejas) y “el pulpo” (un cinturón de metal con cadenas para inmovilizar las muñecas y los tobillos).
– Asfixia con bolsas de plástico, sustancias químicas o un balde de agua.
– Golpes, a veces con un palo u otro objeto contundente.
– Descargas eléctricas en los genitales u otras partes del cuerpo.
– Amenazas de muerte o amenazas de violencia adicional.
– Amenazas de violación sexual contra la víctima y/o sus familiares.
– Tortura psicológica, incluyendo privación sensorial, iluminación constante y frío extremo.
– Desnudez forzada, incluso en habitaciones mantenidas a temperaturas extremadamente bajas.
En siete casos, funcionarios del SEBIN perpetraron actos de violencia sexual o de género contra personas detenidas en un intento de obtener confesiones o información que implicara a otros, o para degradarlos, humillarlos o castigarlos.
Durante el interrogatorio, funcionarios del SEBIN amenazaron con violar a las personas detenidas, tanto hombres como mujeres, utilizando partes del cuerpo y/o objetos. También amenazaron con violencia sexual o de otro tipo contra las mujeres de la familia de los detenidos.
En el caso de la Fundación Corazón Valiente, que se detalla a continuación, funcionarios amenazaron con violar a la novia de un detenido para obtener información de él.
Varios ex detenidos y detenidas de SEBIN dijeron a la Misión que habían presenciado la tortura de otras personas detenidas en las instalaciones del SEBIN, incluidas personas retenidas por motivos no políticos. En algunos casos, testigos describieron haber visto actos de tortura de cercano o haber compartido celdas con personas visiblemente heridas.
Testigos ubicados en algunas celdas de El Helicoide, en particular la celda de mujeres de 2014 a 2018, describieron haber escuchado frecuentes torturas de hombres y mujeres durante los interrogatorios. Las celdas de ese pasillo estaban situadas directamente debajo de las oficinas de unos oficiales de alto rango. Debido a las particularidades en la construcción del edificio, el sonido se podía escuchar con claridad.
Los actos que se escucharon incluyeron palizas, asfixias, descargas eléctricas y actos de violencia sexual, incluida la violación de al menos una mujer detenida por motivos no políticos en diciembre de 2015.
Múltiples testigos también describieron incidentes en los que guardias del SEBIN en El Helicoide se encontraban notablemente bajo la influencia del alcohol y/u otros estupefacientes.
Mientras estaban bajo la influencia de esas sustancias, guardias de menor rango, tanto hombres como mujeres, a veces apuntaban con sus armas a las celdas de los reclusos y amenazaban con matarlos o violarlos.
Funcionarios y funcionarias del SEBIN amenazaron con poner a los detenidos, tanto hombres como mujeres, en situaciones “en las que podrían ser violados” por otros reclusos, ya sea en El Helicoide o en la población general de otras prisiones. La Misión documentó casos en que esas amenazas o insultos se dirigían específicamente contra miembros de la comunidad LGBTQI
Al menos dos personas murieron bajo la custodia del SEBIN: el Sr. Fernando Albán y el Sr. Rodolfo González, piloto retirado acusado de conspirar contra el Gobierno.
Funcionarios de alto nivel consideraron la muerte del Sr. Albán como un suicidio, aunque la información forense suscita dudas sobre esta conclusión, como se detalla a continuación.
Personas anteriormente detenidas relatan que de 2014 a 2018, funcionarios del SEBIN cometieron actos de tortura en presencia o bajo la supervisión de oficiales de mayor rango, incluido el jefe de la Dirección de Investigaciones Estratégicas y otros comisionados de su unidad. Funcionarios del SEBIN solían torturar a personas en las oficinas y escaleras de El Helicoide, generalmente en la zona de “investigación estratégica”. En el décimo piso del edificio Plaza Venezuela se llevaron a cabo interrogatorios, incluidos actos de tortura, encabezados por la Dirección de Contrainteligencia.
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