El destino de CITGO es el principal activo de Venezuela extra fronteras, CITGO, es objeto de disputa entre el país que aspira a mantener su soberanía sobre la empresa, el interés de la empresa minera Crystallex, empeñada en hacer valer las sentencias que la favorecen al haber sido expropiada en tiempos del gobierno de Hugo Chávez; y los bonistas que reclaman el pago de intereses vencidos al haberse puesto las acciones de la empresa en garantía de los mismos.
En las cortes de los Estados Unidos cursan varios procesos, en los que bonistas y víctimas de la política expropiatoria del régimen venezolano buscan recuperar sus inversiones a través de la venta de la empresa.
Por un lado, Crystallex insiste en que se realice la venta de las acciones de CITGO para así cobrar lo que se le adeuda por la expropiación de la que fue víctima por parte del gobierno de Hugo Chávez, mientras que por otro lado los tenedores de los llamado Bonos PDVSA 2020 exigen que se proceda a vender los papeles que sirvieron de garantía de las notas de la petrolera.
Pero, aparte de la incertidumbre acerca del destino de la empresa, también está la que genera saber hasta cuando podrá Venezuela mantenerse en la lucha judicial, por cuanto el gobierno interino se está quedando sin fondos para pagar a los abogados que representan al país en los litigios.
La junta directiva ad hoc de PDVSA advirtió que cuentan con recursos para unos dos o tres meses y por ello instan a los legisladores venezolanos encontrar una solución estructural para esta situación[1].
La Moción en Delaware de Crystallex
Crystallex International Corporation pidió a la Corte de Delaware negar la solicitud de reparación extraordinaria de la sentencia presentada por Venezuela y conceder la moción de la demandante de autorizar los próximos pasos en el proceso de ejecución del fallo y se proceda a la venta de las acciones de PDV Holding.
Considera Crystallex que la Declaración de interés presentada por Estados Unidos no altera el análisis del tribunal de la moción de la Regla 60 (b) de Venezuela o la moción de Crystallex para autorizar la venta de las acciones de PDV Holding.
En el pedido presentado el pasado 14 de agosto de 2020, Crystallex manifestó al tribunal la necesidad de que se evite que la empresa pueda ejecutar la sentencia judicial relativa al embargo de las acciones de PDV Holding Inc emitida por el Tercer Circuito cuya revisión fue denegada por la Corte Suprema.
Crystallex sostiene que Venezuela no ha ofrecido motivos válidos para que se altere el fallo ya emitido a la luz de la Regla Federal de Procedimiento Civil 60 (b), D.I. 183.
Sostiene la demandante que la Declaración de interés del gobierno de los Estados no cambia la sentencia pues, por el contrario, la misma socava directamente el único fundamento legal que presentó Venezuela para justificar la reparación de la Regla 60 (b), a saber, la afirmación de que mantener el auto violaría las regulaciones actuales de la OFAC.
Respecto a la carta del representante especial para Venezuela, Elliot Abrams, Crystallex considera que lo que se expone en ella es irrelevante, toda vez que se sustenta en argumentos de la política exterior de los Estados Unidos que no deben ni pueden interferir en la aplicación de la justicia.
La demandante estima que sería el colmo de la injusticia que nuevamente Crystallex, que ya fue víctima de la expropiación por parte del gobierno venezolano, ahora también vaya a serlo por el poder ejecutivo estadounidense persuada al Congreso de apoderarse efectivamente de la propiedad declarada de que la empresa tiene en PDVH.
La demandante argumenta que el único fundamento jurídico presentado por Venezuela no fue apoyado por Estados Unidos en el sentido de que se violaría el actual régimen de sanciones de la OFAC.
La tesis del alter ego está vigente
Por otra parte, Crystallex sostiene que nada tienen que ver los argumentos de Estados Unidos dadas las actuales circunstancias de Venezuela para invalidar la tesis del alter ego.
Refiere que nada en el escrito de Estados Unidos cambia el hecho de que PDVSA era el alter ego de Venezuela cuando recibió los activos expropiados de Crystallex sin contraprestación alguna, cuando pagó los honorarios de Venezuela en el arbitraje subyacente con Crystallex, cuando Venezuela la utilizó para acceder a los mercados crediticios de Estados Unidos, cuando Crystallex presentó su moción de embargo, y cuando este Tribunal se pronunció sobre dicha moción.
Crystallex asegura que la tesis de que PDVSA es el alter ego de Venezuela está respaldada por décadas de decisiones judiciales, así como por el propósito y efecto legal del propio auto de embargo, que consiste en colocar la propiedad de un deudor en posesión del tribunal para que no cambie de manos antes de la ejecución.
Advierte que se frustraría el propósito esencial del embargo si un deudor pudiera efectivamente disponer de la propiedad después de haber sido embargada, siendo que eso es precisamente lo que Venezuela (y los Estados Unidos, implícitamente) defienden están defendiendo.
La corte debe obviar los objetivo de política exterior de EE. UU.
Crystallex subraya que es inaceptable que el gobierno de Estados Unidos recurra a la carta del Representante Especial, Elliot Abrams, donde afirma, sin respaldo, que autorizar la venta de las acciones de PDVH podría «dañar en gran medida” los objetivos de política exterior sobre Venezuela.
Alerta que los motivos de política exterior no proporcionan ninguna base para reabrir la sentencia del Tribunal en virtud de la Regla 60.
Puntualiza que los motivos de política sobre la facilitación de la ayuda extranjera al régimen de Guaidó, de ninguna manera justifica la eliminación del gravamen de Crystallex sobre PDVH.
Incluso, Crystallex refiere que los argumentos relativos a la política exterior son insostenibles dadas la condiciones que prevalecen en Venezuela, donde Juan Guaidó ha hecho poco para consolidar su gobierno y su poder se debilita según transcurre el tiempo.
Guaidó sin poder
Advierte que los esfuerzos de Guaidó para reemplazar a Maduro podrían colapsar en cualquier momento y Estados Unidos podría retirar su apoyo. “De hecho, informes recientes sugieren que el apoyo del presidente Trump para respaldar activamente a Guaidó se ha desvanecido últimamente, ahora que el ex-asesor de Seguridad Nacional Bolton, un partidario clave de la política existente, dejó el cargo y perdió el favor del presidente”, acota la demandante.
La demandante cree que las preocupaciones del gobierno de EE. UU. debieron plantearse ante el Tribunal o al Tercer Circuito después de la sentencia de agosto de 2018, o después de que Venezuela invocó por primera vez el cambio de política del Poder Ejecutivo con respecto a Guaidó en marzo de 2019.
Crystallex manifestó que si el Poder Ejecutivo cree que el proceso de concesión de licencias de la OFAC no avanza adecuadamente en sus objetivos de política y que se necesita más para apoyar a Guaidó o al pueblo de Venezuela, puede llevar esas preocupaciones al Congreso.
Si al hecho de que el gobierno de Chávez expropió a Crystallex en aras de los supuestos intereses del pueblo venezolano, ahora se le imposibilita ejecutar la sentencia en razón de resguardar los supuestos los intereses políticos del gobierno de los Estados Unidos al brindar ayuda y apoyo a Venezuela, esto no sería diferente de lo que Venezuela le hizo a la mina de oro de Crystallex. “Si el Poder Ejecutivo busca transferir activos a Guaidó para apuntalar su control de CITGO y, en última instancia, de Venezuela, debe buscar una aprobación del Congreso a través de los canales normales y utilizar los propios activos de este país, no los de Crystallex, para lograr ese objetivo. No debería intentar reclutar al poder judicial para que haga el trabajo sucio eliminando el gravamen por el que Crystallex luchó a un alto costo años después del hecho”.
Jueza de Nueva York a la espera
Entretanto, la jueza del Distrito Sur de Nueva York, Katherine Polk, intenta darle tiempo al gobierno de los Estados Unidos mientras se determina si participará en el caso de los tenedores de los Bonos PDVSA 2020.
El gobierno interino de Venezuela, presidido por Juan Guaidó y la junta nombrada por este, demandaron en 2019 que se declaran inválidos los bonos por no haber sido aprobada la operación de su emisión por parte de la Asamblea Nacional como manda la constitución venezolana.
En razón de que las agencias del gobierno de EE. UU. estiman que hasta septiembre podrían decidir si presentan una declaración de interés en el caso, la jueza Polk retrasó los argumentos orales programados para el 12 de agosto para el 22 de septiembre