El pasado 25 de abril se promulgó por primera vez el Tribunal Supremo con motivo a una denuncia de apropiación indebida. Una asociación fue acusada de apropiarse indebidamente del nombre un dominio de una asociación religiosa (Alfa Educación para una Salud Integral) considerando que tal hecho no suponía ningún tipo de delito.¿Delito o actuación desleal?
La institución contaba con un dominio público: www.alfatelevisión.org. Su objetivo era el de divulgar información sobre su iglesia mediante la red. Es por ello que además de la web, crearon diferentes cuentas bancarias y una cuenta de PayPal, en donde recibir donaciones de feligreses.
4 años más tarde, los acusados crearían una nueva entidad, registrado una nueva marca y cambiando todas las contraseñas. Así, la secretaria general de la asociación no podría acceder a la URL para tomar el control de la web. La denuncia por parte de la asociación hizo que los cuatro imputados fueran cesados al momento.
El Tribunal Supremo emitió 22 folios donde el magistrado encargado de emitir el veredicto intentó explicar que el comportamiento de los 4 acusados no entraba en el concepto de apropiación indebida.
El motivo no era otro que el siguiente: la acusación todavía eran parte de la institución cuando “se apropiaron “de ese dominio. Es por ese motivo por el que los cuatro acusados han sido absueltos y han anulado la resolución que les condenaba a pagar 720 de multa por daños y perjuicios. El tribunal más que un delito en sí mismo, ha declarado los hechos como un delito de deslealtad, que, a día de hoy, no está penado.
Sin embargo, si existen otros muchos actos que han acabado convirtiéndose en ciberdelito (más y menos conocidos).:
Los ciberdelitos en España
La ciberdelincuencia está en auge. La facilidad con la que muchas personas pueden acceder a datos precisos de cualquier ciudadano hacen que los miedos y las dudas queden patentes cada vez que encendemos nuestro ordenador o teléfono móvil.
De acuerdo con el último Informe sobre Cibercriminalidad, elaborado por la Dirección General de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, en el año 2020 se registraron 287.963 hechos delictivos relacionados con las tecnologías de la información. Casi un 90% de este total fue de origen informático.
¿Cuáles son los ciberdelitos más comunes?
Las estafas informáticas encabezan la lista de los ciberdelitos más comunes en España. El objetivo no es otro que conseguir datos del cliente que accede a la red para obtener beneficios de ello. Desde tarjetas de crédito hasta direcciones o información personal. Un delito que en los últimos años se ha visto incrementado un 200%.
De ahí la importancia de escoger páginas con reputación y con certificado SSL: desde tiendas de ropa hasta portales de viajes o casinos online con paypal, stripe y otras pasarles de pago seguras. Pasarelas que te dan cierta protección ante fraudes y delitos en la red. ( Y que dan una pista para saber si la web es o no es de fiar)
Los ataques de malware son otro de los ciberdelitos clásicos. Virus, troyanos y un sinfín de pequeños “organismos digitales” que son capaces de dañar, borrar o incluso suplantar la identidad de un usuario en la red. “Robar” el ancho de banda o Wifi de una persona cercana a ti (sin su conocimiento) se considera un ciberdelito que puede alcanzar multas de hasta 400 €.
Por último, encontramos los delitos que atentan contra personas en concreto de manera personal. Recientemente hemos visto como un video de índole sexual del conocido actor y presentador Santi Millan ha salido a luz. Un hecho que puede acarrear multas millonarias a la/las personas que hayan difundido su contenido en la red. Publicación de fotos de menores o relevación de secretos también se considera un delito grave.
Los delitos informáticos siguen creciendo en España. Las estafas ya son “el pan de cada día” al abrir el correo electrónico y comprar en webs seguras se ha convertido en un requisito imprescindible para realzar compras en internet.
NotiVeraz