La cancillería de Colombia publicó en su página web el borrador de una resolución que crea una categoría de visitante a los venezolanos que hayan ingresado al país antes de la fecha de expedición del oficio que, se espera, se produzca esta semana que entra.
Según la revista Semana, esta nueva resolución amplía las actividades que pueden hacer los venezolanos en Colombia: podrán realizar tránsito aeroportuario, turismo, negocios, estudiar, recibir tratamiento médico, adelantar trámites administrativos y judiciales, adelantar asuntos religiosos, ser voluntario o cooperante, realizar producciones cinematográficas o documentales de gran formato, ser nómada digital, ser periodista y corresponsal permanente.
También ser empresario, realizar prácticas laborales, adelantar trabajos de prestación de servicios, obra o labor, fomentar la internalización, ser rentistas y casos no previstos.
Según publica el medio, esta resolución “ha generado ampolla entre algunos funcionarios porque no establece el impacto fiscal que esto tendría para las finanzas del país. Al menos, no está claro cuántos recursos tendrá que disponer el Estado para garantizar tratamientos médicos a los visitantes venezolanos que podrían volcarse a este país y beneficiarse. Igual ocurre con la educación”.
La vigencia de la resolución es de dos años, es decir, hasta 2026, cuando el presidente Gustavo Petro deje el poder.
¿Cómo se obtendría?
Quien esté interesado deberá presentar la solicitud por medio de la plataforma digital del Ministerio de Relaciones Exteriores, tener un acta de compromiso expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia para gestionar el visado en la categoría V – Visitante Especial, tener una carta de solicitud de visa firmada por el nacional venezolano manifestando la ocupación o actividad que realiza o pretende realizar en el país, acompañada de los documentos que soporten dicha manifestación.
Y, además, presentar su certificado de antecedentes judiciales, penales o de policía expedido por la autoridad del país donde haya permanecido en los últimos tres años, con las formalidades de apostilla o legalización y traducción que correspondan.
Esta visa se expedirá por una sola vez y contará con una vigencia de dos años, contados a partir de su expedición, al cabo de los cuales el migrante venezolano podrá aplicar a otra categoría de visa, se lee textualmente en la resolución.
Especifican que no podrán acceder al visado especial quienes estén privados de la libertad o tengan orden de deportación o expulsión. O quienes tengan antecedentes judiciales, penales, entre otros.
“Una vez expirada la vigencia de la presente resolución, las solicitudes de visa que se encuentren en curso deberán ser resueltas dentro de los 45 días hábiles siguientes por parte de la Autoridad de Visas”, se lee al final del documento.
El ministro de Relaciones Exteriores, Luis Gilberto Murillo, no se ha referido al tema.
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