El tema de la continuidad o no del Gobierno interino ha generado posiciones políticas y jurídicas encontradas, pero en lo que sí parecen estar de acuerdo, al menos abogados constitucionalistas, es que no se puede combatir la inconstitucionalidad y el autoritarismo del que se señala a la administración de Nicolás Maduro al margen de la Carta Magna.
En sesión de la Asamblea Nacional (AN) de 2015 del 22 de diciembre se aprobó la reforma del Estatuto de Transición a la Democracia que implica eliminar a la presidencia encargada, crear un Consejo de Administración y Protección de Activos y mantener juntas ad hoc de Pdvsa y el Banco Central de Venezuela.
Los partidos AD, PJ, UNT y MPV lograron encaminar la reforma con el apoyo de 72 votos de los diputados de sus fracciones parlamentarias.
Qué es un gobierno parlamentario
Posteriormente, destacados juristas y académicos alertaron que desde el Legislativo se promueve un «gobierno parlamentario» no previsto en la Constitución.
«Un gobierno parlamentario (en el que la AN se atribuye funciones del Ejecutivo) es un disparate si esa es la decisión que se piensa tomar. Al menos el gobierno interino tiene asidero jurídico, vía interpretación de la Constitución en sus artículos 233 y 333, que tampoco dice literalmente que se debe crear un Estatuto de Transición para recuperar la democracia. Pero un gobierno parlamentario sería lanzarse de un puente, una exageración», señaló el constitucionalista Gustavo Manzo.
A diferencia del rechazo del Bloque Constitucional a la eliminación de la presidencia encargada, Manzo estaría a favor de que no solo cesara el interinato sino la propia AN de 2015 porque a su juicio, el Estatuto de Transición perdió vigencia al no concretarse el cambio político dentro de los 30 días, después de declararse la falta absoluta del cargo de Jefe de Estado, ni dentro de los cuatro años siguientes.
Qué dicen constitucionalistas
Manzo negó que la medida implique reconocimiento a Nicolás Maduro porque las elecciones de 2018 siguen cuestionadas dentro y fuera del país.
También advirtió que el tema de los activos en el exterior está sujeto a las decisiones de los países de mantener las sanciones contra Miraflores y no tanto a la existencia o no del Gobierno interino, cuya extensión o no, así como la de la AN de 2015, admitió, es una decisión política y no jurídica.
Otro abogado constitucionalista, que prefirió omitir su nombre, sostuvo igualmente que al no estar previsto en la Carta Magna, un gobierno parlamentario, figura a la que se refirió como no aceptada tradicionalmente en América por estar asociada a golpes de Estado, afectaría el reconocimiento internacional a la AN de 2015.
Recordó que el apoyo de los países a Juan Guaidó como presidente encargado ya venía erosionándose por la influencia de diversos factores.
Enfatizó que la AN de 2015 debe aclarar que régimen priva a partir del 5 de enero porque si nombra a una nueva junta directiva, el presidente de ese Parlamento será, basado en el artículo 233 de la Constitución, el presidente encargado hasta que se celebren elecciones presidenciales libres en Venezuela. Reprochó que algunos diputados digan que se mantendrán dentro de la Carta Magna pero quieren extender el mandato del Parlamento, obviando el mencionado artículo.
En un comunicado divulgado el 24 de diciembre, el Bloque Constitucional subrayó que al no poder los diputados de la AN de 2015 atribuirse funciones ejecutivas «exclusivas y excluyentes» del presidente interino se perderá el reconocimiento internacional porque las representaciones diplomáticas se ejercen a nivel de gobiernos y no de Parlamentos.
También se teme por la defensa de activos en el exterior en juicios internacionales, ejercida hasta ahora por el procurador especial.
«Es concluyente que la Asamblea Nacional carece de poder constituyente originario, en tal sentido, sus potestades están limitadas a lo que la Constitución establezca», reza el comunicado.
EL BLOQUE CONSTITUCIONAL
— Frente Amplio Social de Venezuela (@fasvzla) December 25, 2022
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Antecedente
El fallecido expresidente venezolano y abogado Rafael Caldera expuso en su artículo El Régimen Presidencial en la Constitución Venezolana, publicado por la Universidad Central de Venezuela (UCV), que el régimen parlamentario de gobierno es una institución nacida en Europa, por lo general en Estados monárquicos, en los cuales la conservación de la figura del rey se acompañó con la atribución del gobierno al Parlamento elegido por el pueblo.
En cambio, señaló, en el continente americano, el jefe del Estado y del Gobierno es el presidente de la República electo por el pueblo mediante el sufragio. En el caso de Venezuela, directo, universal y secreto, según lo establecido en la Constitución.
Vale recordar que con la anterior reforma del Estatuto de Transición que permitió la continuidad de la AN de 2015 durante 2022, sancionada el 3 de enero, se advirtió sobre las pretensiones de un gobierno parlamentario por el excesivo control de la cámara sobre las acciones del presidente encargado.
Incluso Primero Justicia, en voz de Juan Pablo Guanipa, planteó la eliminación del interinato, por lo que partidos como Encuentro Ciudadano salvaron su voto en la primera discusión.
La propuesta de PJ no prosperó, pero sí se le restó poder a Guaidó, ratificado como presidente interino. El resultado final fue que se establecieron «controles reforzados» en la designación de las juntas ad hoc de organismos como Pdvsa por parte de la AN de 2015. También quedó asentado que la presidencia encargada y el procurador especial rendirían cuentas mensualmente a la AN sobre la defensa de los activos en el exterior y del uso de fondos públicos.
El «sobre control parlamentario» del que varias veces se quejó Guaidó, quedó evidenciado cuando desde las fracciones mayoritarias de partidos como Acción Democrática (AD) y Primero Justicia (PJ) se bloqueó el decreto de reestructuración de la junta directiva del activo Monómeros con sede en Colombia, que presentó el presidente interino a la AN.
La empresa fue recuperada por Maduro al ser reconocido por el nuevo presidente neogranadino, Gustavo Petro.
Qué proponen a la oposición
Visto que las diferencias en torno al interinato se manifestaron desde al menos hace un año y en aras de lograr unidad, Manzo considera que «lo ideal» es que la oposición admita los errores cometidos, renueve su liderazgo, sin interinato y sin AN y también relance su estrategia de cambio político. Cree que las elecciones primarias, bien hechas, sumado a que se mantenga el apoyo internacional para comicios libres, son una buena oportunidad.
«Todo al final es una pelea política, entonces que se nombre a un nuevo presidente de la AN (de 2015), lo importante es que cuando se nombre sea el presidente encargado hasta 2024 cuando se celebren elecciones porque la norma constitucional es directa», acotó el segundo abogado consultado.
Para este jueves 29 de diciembre está convocada la sesión de la AN de 2015 en la que se someterá a segunda discusión la propuesta de reforma del Estatuto de Transición a la Democracia y por ende la eliminación del Gobierno interino, presentada por Un Nuevo Tiempo (UNT), AD y PJ con el apoyo de otros factores como el Movimiento por Venezuela (MPV) de Simón Calzadilla.
El primer vicepresidente de la AN de 2015, Juan Pablo Guanipa de PJ, se sumó este 28 de diciembre a la petición de Encuentro Ciudadano, Proyecto Venezuela y Nuvipa de diferir dicho debate hasta lograr consenso en torno a la extensión o no del interinato entre los diputados, pero también tomando en cuenta las posiciones de diversos sectores de la sociedad.
Aunque la sesión se suspendió, AD, PJ y UNT rechazaron la decisión y se espera un pronunciamiento de esos partidos en las próximas horas.
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