Una investigación de Acceso a la Justicia sobre la publicación de la Gaceta Oficial arrojó que desde 2021 hay dieciocho números cuyo paradero se desconoce: diez corresponden al año 2021 y ocho a 2022. La inmensa mayoría de los números desaparecidos (quince) son extraordinarios, lo cual confirma que esta práctica se ha consolidado.
De los dieciocho números de la Gaceta Oficial de los que no hay rastro, se desconoce totalmente su contenido en trece de ellos.
Previamente, en 2019, Acceso a la Justicia constató que quince gacetas extraordinarias dictadas entre diciembre de 2018 y mayo de 2019 no habían sido publicadas en papel ni digitalmente ni se podían consultar en la sede de la Imprenta Nacional.
Por su parte, en la más reciente investigación del portal de verificación EsPaja.com, promovido por Transparencia Venezuela, titulada Opacidad en Venezuela, una forma de gobernar, se concluyó lo siguiente:
«El Estado venezolano está en deuda en lo que se refiere a la publicación de la data pública. Más de la mitad (64,22%) de los 47 documentos oficiales contemplados en este estudio, que debieron ser publicados entre 2010 y 2022 no se han difundido aún. A eso hay que sumar que 4,9% se presentaron a destiempo».
Ley o no ley, he allí el dilema
Lo que ocurre con la Gaceta Oficial es un hecho que tiene consecuencias directas y muy importantes en la vida de los ciudadanos. ¿Por qué? El artículo 215 de la Constitución establece claramente que una ley solo entrará en vigor una vez que salga en dicha publicación.
Pero no solamente las leyes comienzan a aplicarse una vez que aparecen en la Gaceta Oficial, sino también
«los actos administrativos de carácter general o que interesen a un número indeterminado de personas y actos administrativos de carácter particular cuando así lo exija la ley”, “los decretos del Presidente de la República” o las “resoluciones y demás actos jurídicos de efectos generales del Vicepresidente Ejecutivo, Procurador General de la República, de los ministros, así como las providencias de sus entes y órganos».
Las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que establecen criterios vinculantes, así como las decisiones que adopte la Sala Plena o la directiva del organismo, también deben aparecer en esta publicación, lo mismo que los actos del Consejo Moral Republicano o del Consejo Nacional Electoral (CNE). Sin el cumplimiento de este formalismo se puede asumir que el acto o decisión no tiene valor legal.
La investigación de Acceso a la Justicia arrojó que entre los ejemplares perdidos hay dos en los que figuraban los proyectos de Ley de Presupuesto y de Endeudamiento de 2022, los cuales debían estar en las gacetas extraordinarias 6.670 y 6.671, ambas del 20 de diciembre de 2021. Esta información fue obtenida porque figura en otras ediciones de la Gaceta Oficial.
De otras dos Gacetas se supo de su contenido porque fueron reimpresas debido a un error material. En una de estas figura el decreto presidencial n.º 4.510 del 12 de mayo de 2021, en el cual se ordenaba a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) trasladar a las personas presas en su sede a cárceles ordinarias.
De las ocho gacetas correspondientes a 2022 se ignora qué contenían y hasta el momento no hay rastro de ellas.
Avanzando en la opacidad
La institucionalización de la no publicación de todos los números de la Gaceta Oficial es un paso más en el cierre de las fuentes de información pública. No se puede ignorar que, pese a la aprobación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público, su contenido es letra muerta, porque tanto los funcionarios administrativos como la justicia se niegan a aplicarla y así facilitarle a los ciudadanos acceder a datos en poder del Estado.
Tampoco se puede pasar por alto que en los últimos años el TSJ viene recurriendo a la práctica de anunciar sentencias, pero no publicarlas, o incluso, ha llegado a anunciar alguna de sus decisiones mediante notas de prensa, sin luego publicar la decisión correspondiente.
Desde 2017 el Gobierno no publica el presupuesto nacional y el Banco Central de Venezuela (BCV) por años dejó de publicar sus indicadores económicos, en lugar de regularmente como ordena la Constitución.
Todo esto explica por qué Venezuela quedó en el puesto 137 de entre 140 países evaluados en el último informe del World Justice Project en el reglón relacionado con Gobierno abierto.
¿Y dónde queda la nueva Ley de Publicaciones Oficiales?
En febrero de este año, la Asamblea Nacional (AN) aprobó una nueva Ley de Publicaciones Oficiales —derogando la que venía rigiendo desde 1941, cuyo artículo 2° se refiere a sus objetivos en los siguientes términos:
«Contribuir a garantizar la seguridad jurídica a través de la publicación diaria, sencilla, uniforme, eficaz y eficiente de los actos jurídicos del Estado.
Garantizar a las personas el derecho a ser informados de forma oportuna y veraz de los actos jurídicos del Estado, para el ejercicio de la democracia participativa y protagónica.
Desarrollar los principios de honestidad, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública dotando de seguridad y publicidad a los actos jurídicos del Estado».
Desde luego, el que existan dieciocho gacetas ocultas pone en entredicho el nuevo instrumento normativo, al quedar comprometidos todos los objetivos antes mencionados.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
La práctica aquí denunciada pone a los ciudadanos en una situación de indefensión e inseguridad jurídica, porque es difícil cumplir una ley, regulación o normativa si se desconoce la misma. La opacidad con la que las autoridades venezolanas actúan no hace más que reforzar las condiciones que facilitan la corrupción y la violación de derechos humanos.
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