Recientemente, se pudo saber que las personas que sean «sometidas» en puntos de control, podrán grabar los procedimientos. La información fue difundida según una nueva resolución, emitida por el gobierno madurista, en este mes de septiembre.
Esta novedad surgió en medio de los múltiples casos denunciados por ciudadanos que han sido víctimas de violaciones de derechos humanos por parte de funcionarios de seguridad del gobierno.
«Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido«, expresa el Artículo 20 de dicha resolución.
En ese sentido, se aclara que la retención de documentación y pertenencias, incluyendo equipos de telefonía, únicamente podrá realizarse en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislación vigente aplicable que así lo establezca.
Así mismo, quedó establecido que los funcionarios del Ministerio Público (MP) y de la Defensoría del Pueblo, podrán estar presentes en los puntos de control, fijos o móviles, con la finalidad de velar por el correcto funcionamiento de este dispositivo de seguridad.
Así mismo, las organizaciones del poder popular y, en especial, los comités de contraloría social policial podrán observar del funcionamiento y servicio prestado en los puntos de control, así como formular recomendaciones o denuncias.
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