Hasta el 22 de abril podrán solicitar asilo en EEUU migrantes venezolanos

La jurisprudencia Méndez Rojas V. Wolf impuso como fecha límite el próximo 22 de abril de 2022 para que puedan solicitar asilo en Estados Unidos los migrantes con casos específicos, es decir, aquellos que fueron detenidos al ingresar al país por vías irregulares y no se les notificó que debían hacer su solicitud en el primer año de haber llegado.

Si el migrante fue detenido en la frontera, los funcionarios de inmigración tenían la obligación de haberle explicado que necesitaba solicitar asilo en el primer año de estar dentro de los Estados Unidos. En caso de que no se haya transmitido dicha información, el migrante forma parte del caso Méndez Rojas.

En caso de que ya haya transcurrido un año desde que el migrante llegó a Estados unidos y no ha entregado su solicitud de asilo, puede enviar una notificación al gobierno alegando que forma parte de la clase de Méndez Rojas. Esto les permitirá introducir su solicitud hasta el 22 de abril de 2022.

«Si usted cree que es un miembro del colectivo de demandantes Méndez Rojas tendrá hasta el 22 de abril de 2022 para presentar una reclamación de que el plazo de un año para presentar una solicitud de asilo no aplica a usted según los términos del acuerdo de avenimiento final. Usted puede presentar este reclamo en una nueva solicitud de asilo, en una solicitud pendiente o mediante una moción ante la Corte de Inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración, según corresponda», cita la página web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis).

¿Cómo solicitar la extensión?

  • En caso de tener una audiencia programada en la corte de inmigración, puede notificarle al juez que usted piensa que califica para una extensión del tiempo límite para la solicitud de asilo bajo el caso Mendez Rojas. Si su próxima audiencia está programada para después del 22 de abril de 2022, debe enviar una carta a la corte antes de esa fecha.
  • Si ya entregó su solicitud de asilo, puede enviar una carta a la corte de inmigración.
  • Si su caso está en apelación ante la Junta de Apelaciones (BIA), puede enviar una carta notificando que califica para una extensión del tiempo límite.
  • Quienes hayan recibido un Aviso de Comparecencia y no han entregado su solicitud de asilo, pueden entregarla por correo al Uscis. En este caso Uscis se encargará de enviar la solicitud a la corte de inmigración.
  • Si ha tenido audiencias en la corte de inmigración o apeló su caso ante la BIA, pero su caso ahora está cerrado, debe hablar con un abogado sobre la posibilidad de reabrir su caso como miembro de la clase de Mendez Rojas.

NotiVeraz

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