Rector del CNE cuestionó decisión del TSJ sobre Barinas

El rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Márquez, cuestionó la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a las órdenes del régimen de Nicolás Maduro, el cual ordenó la reedición de las elecciones para escoger gobernador en el estado Barinas tras la inhabilitación política contra Freddy Superlano.

A través de su cuenta oficial en la red social Twitter, Márquez expresó que: “En mi condición de Rector del CNE y principalmente como ciudadano, no puedo dejar de elevar mi voz en relación a las recientes decisiones de la Sala Electoral del TSJ, las cuales podrían menoscabar las atribuciones del CNE“.

Sobre todo pudieran comprometer la esencia misma del Poder Electoral, como lo es la protección de la voluntad del soberano expresada a través del sufragio. El desempeño del CNE en los procesos comiciales, la dinámica electoral, y la protección de la integridad del voto como instrumento fundamental de participación ciudadana, fuente creadora de todos los poderes públicos, son elementos INALTERABLES en la democracia. No debemos permitir que esta esencia se perturbe, pues estaríamos dañando la génesis misma de la participación ciudadana“, agregó.

Además, expresó que “el voto, el acto del ciudadano de sufragar, es quizás la primera de las instituciones republicanas y para realzar su valor es imprescindible la separación de poderes, como soporte de un estado de derecho y justicia social“.

El rector comunicó que el inicio del acto electoral, el desenvolvimiento del proceso, el cierre de las mesas, los escrutinios y el solemne acto de la proclamación de los funcionarios electos, “son funciones sagradas del Ente Electoral, que no deben ser obstaculizadas por intromisiones ajenas al CNE“.

La decisión fue tomada luego que la Sala Electoral del ente chavista declaró de “mero derecho la resolución de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar, con fundamento en la Resolución N° 01-00-000334, de fecha 17 de agosto de 2021, dictada por la Contraloría General de la República“.

La medida, mediante la cual resolvió inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo público al ciudadano Freddy Francisco Superlano Salinas (…) candidato por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, al cargo de gobernador o gobernadora del estado Barinas, en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021“, refiere.

A través de su portal web, el ente precisó que la sentencia también precisa el texto que la convocatoria a los nuevos comicios sea el 9 de enero de 2022.

“La sentencia 79-2021 del TSJ ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) convocar para el día 09 de enero de 2022, las elecciones de gobernador o gobernadora del estado Barinas, garantizando condiciones de igualdad en la participación de los sujetos con derecho al sufragio en la entidad federal“, concluyó la misiva.

 (CNE), Enrique Márquez, cuestionó la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a las órdenes del régimen de Nicolás Maduro, el cual ordenó la reedición de las elecciones para escoger gobernador en el estado Barinas tras la inhabilitación política contra Freddy Superlano.

A través de su cuenta oficial en la red social Twitter, Márquez expresó que: “En mi condición de Rector del CNE y principalmente como ciudadano, no puedo dejar de elevar mi voz en relación a las recientes decisiones de la Sala Electoral del TSJ, las cuales podrían menoscabar las atribuciones del CNE“.

Sobre todo pudieran comprometer la esencia misma del Poder Electoral, como lo es la protección de la voluntad del soberano expresada a través del sufragio. El desempeño del CNE en los procesos comiciales, la dinámica electoral, y la protección de la integridad del voto como instrumento fundamental de participación ciudadana, fuente creadora de todos los poderes públicos, son elementos INALTERABLES en la democracia. No debemos permitir que esta esencia se perturbe, pues estaríamos dañando la génesis misma de la participación ciudadana“, agregó.

Además, expresó que “el voto, el acto del ciudadano de sufragar, es quizás la primera de las instituciones republicanas y para realzar su valor es imprescindible la separación de poderes, como soporte de un estado de derecho y justicia social“.

El rector comunicó que el inicio del acto electoral, el desenvolvimiento del proceso, el cierre de las mesas, los escrutinios y el solemne acto de la proclamación de los funcionarios electos, “son funciones sagradas del Ente Electoral, que no deben ser obstaculizadas por intromisiones ajenas al CNE“.

La decisión fue tomada luego que la Sala Electoral del ente chavista declaró de “mero derecho la resolución de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar, con fundamento en la Resolución N° 01-00-000334, de fecha 17 de agosto de 2021, dictada por la Contraloría General de la República“.

La medida, mediante la cual resolvió inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo público al ciudadano Freddy Francisco Superlano Salinas (…) candidato por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, al cargo de gobernador o gobernadora del estado Barinas, en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021“, refiere.

A través de su portal web, el ente precisó que la sentencia también precisa el texto que la convocatoria a los nuevos comicios sea el 9 de enero de 2022.

“La sentencia 79-2021 del TSJ ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) convocar para el día 09 de enero de 2022, las elecciones de gobernador o gobernadora del estado Barinas, garantizando condiciones de igualdad en la participación de los sujetos con derecho al sufragio en la entidad federal“, concluyó la misiva.

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